lunes, 26 de abril de 2010
sábado, 24 de abril de 2010
Las Causas del aborto.
El principal problema del aborto es psicológico y es el miedo:
Miedo por falta de capacidades económicas para alimentar al hijo.

Este temor se debe a la falta de confianza en Dios ya que lo más bello y lo más querido para una madre es su propio hijo.
Desafortunadamente ésta sociedad de consumo y de falsos valores en que vivimos, ha desvalorizado al niño que debe venir a éste mundo y con su racionalismo ha creado un falso temor. Veamos un gran ejemplo: Kay James, directora de relaciones públicas para el MOVIMIENTO PROVIDA en Estados Unidos habla de una mujer de color terriblemente pobre, abandonada por su marido alcohólico, que tuvo su cuarto bebé sobre una mesa "ese bebé era yo", dice la Sra. James graduada de la Universidad y madre de 3 niños.
Miedo a lo que digan sus padres o las demás personas.
(Cuando la joven es embarazada durante el noviazgo). Realmente los conceptos y los razonamientos humanos, de padres o terceras personas ante las leyes de Dios, no deben impedir que venga una criatura a éste mundo. La vida la dá Dios y Dios está por encima de todo concepto.
"Yo iba a ser el séptimo hijo y mi madre estaba decidida a no dejarme nacer. Entonces sucedió algo maravilloso. Mi tía la hizo cambiar de opinión y así me fué permitido nacer. Se puede decir que soy un milagro". Arthur Rubenstein, pianista.
Miedo a los 9 meses de embarazo y al dolor del parto.
Realmente la misión más grande de toda mujer, es ser madre y traer hijos al mundo. Si los animales que son irracionales no se niegan este derecho ¿Por qué, la mujer va a tener miedo, si es una función natural que corresponde a su naturaleza femenina?
Problemas de salud.
Debemos recordar que Beethoven el gran músico que asombró con su música divina, y que todavía escuchan aquellos que quieren dar alimento y aliento a su alma; su madre fué tísica y su padre alcohólico.
Violación.
La violación es un abuso horrible con efectos traumáticos para muchas de sus víctimas. Para una mujer que lleva en sus entrañas una criatura fruto de una violación no es ningún consuelo el saber que el embarazo raramente ocurre en éstos casos. Sin embargo, aún en ésta situación estamos hablando de un ser humano.
Una mujer violada que escribió anónimamente a una revista, dijo que había hecho la cita para hacerse un aborto y que la canceló. "Sabía que lo que llevaba en mis entrañas era mi bebé. Ahora tengo una hija, una preciosa niña y doy gracias a Dios diariamente por no haber abortado".
Anticonceptivos hormonales.
La mujer que los utiliza ya sea en pastillas, inyecciones o implantes, ya se ha hecho sicológicamente el propósito de no tener un hijo y si queda embarazada se siente frustrada en sus propósitos y muchas veces recurre al aborto. Estos anticonceptivos son una de las principales causas del aborto actualmente.
jueves, 22 de abril de 2010

Reseña Histórica del Aborto
La primera ley aprobada, con relación al aborto fue el Código Penal de 1863, que lo sancionaba penalmente. El aborto por móvil de honor y el aborto consentido por la mujer se consideraban como supuestos atenuados.
El aborto por móvil de honor se basaba en el argumento de que la mujer embarazada o con hijo y sin esposo podía ser marginada socialmente ya que con la imagen de soltera no virgen. Por haber tenidorelaciones sexuales fuera delmatrimonio, podía perderse, irremediablemente, su honor y, con ello, el honor de su familia.
En cuanto al aborto consentido, la ley penal exigía el consentimiento de la mujer que tuviera por lo menos dieciséis años cumplidos. Ya que se le consideraba con capacidad de comprender y libre voluntad.
El Código Penal de 1863 fue el primero de la República del Perú y estuvo vigente hasta 1924.
La Ley Nº 48681 promulgada el 28 de julio de 1924 dio lugar al Código Penal de 1924, el mismo que estuvo vigente durante 87 años del presente siglo. Esta norma punitiva sancionaba distintos tipos de aborto entre los artículos 159º a 164º: el aborto propio, el aborto consentido, el aborto no consentido, el aborto perpetrado por profesionales, el aborto terapéutico y el aborto preterintencional. Es decir, excluyó las figuras atenuadas del anterior y sumó a los tipos delictivos el aborto terapéutico.
Años más tarde, por Decreto Ley Nº 17505 se promulgó el Código Sanitario de 1969 que estableció el marco jurídico de las relaciones en el campo de lasalud. En la parte concerniente a las personas, artículos 17º al 24º, destacaba a las personas en formación, la salud de la madre y la salud del niño. El Código Sanitario reiteraba en su artículo 20º lo dispuesto en la ley penal, es decir la represión del aborto.
Esta norma definía la políticafrente a los derechosreproductivos de la mujer, disponiendo que el proceso de la gestación debía concluir con el nacimiento salvo hecho inevitable de la naturaleza o peligro para la salud y la vida de la madre.
Sobre el aborto terapéutico, expresaba que se permitía cuando existía prueba indubitable de daño en la salud con muerte de la madre o del concebido además de la opinión de dos médicos consultados. Esta disposición específica fue modificada por Decreto Legislativo Nº 121 del 12 de junio de 1981 afirmando que se permitía el aborto terapéutico si lo practicaba un médico con el consentimiento de la madre y con la opinión de dos médicos consultados, si no hubiere otro medio de salvar la vida de la madre o de evitar en su salud un mal grave y permanente.
El Código Sanitario prohibía el aborto terapéutico basado en consideraciones de ordenmoral, social o económico. También prohibía el aborto como medio de control de natalidad.
Diez años después, laConstitución de 1979 prescribió en el artículo 2º inciso 1º que toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y al desenvolvimiento de supersonalidad. Seguidamente a ello expresan que al que está por nacer se le considera nacido para todo lo que le favorece.
La Constitución de 1993 determina en su artículo 2º inciso 1º que toda persona tiene derecho a la vida, a suidentidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar, a ello añade que el concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. Este enunciado es similar al de la Constitución anterior. En el artículo 6º expresa que la política nacional de poblaciónreconoce el derecho de las personas a decidir.
El Código del Niño y el Adolescente de 1993 responsabiliza al Estado y a lasociedad del establecimiento de condiciones adecuadas para laatención de la madre durante la etapa del embarazo, el parto y la fase post-natal, otorgando una atención especializada a la adolescente madre y garantizando lalactanciamaterna y el establecimiento de centros de cuidado diurno.
A raíz de la ConferenciaInternacional sobre Población y Desarrollo realizada en El Cairo, en setiembre 1994, se dio nueva
La Iglesia nuevamente, ejerciópresión esta vez directamente sobre la delegación peruana que asistió a la Conferencia, conminándola a declarar la posición antiabortista de la Constitución del Perú. Los interlocutores de esta delegación aclararon que el legalizar el aborto no era el propósito de la Conferencia.
En cada uno de estos momentos de debate lasinstituciones defensoras de los derechos de las mujeres se pronunciaron con argumentos jurídicos, médicos y sociales.
En 1995, con fecha 17 de agosto, la Resolución Ministerial 572-95-SA/DM dicta medidas para facilitar el acceso de la población a la información y losservicios de planificaciónfamiliar. De este modo se expende en forma totalmente gratuita la más amplia gama demétodos anticonceptivos.
La Ley Nº 26530, publicada el 10 de setiembre de 1995, modifica la Ley de Política Nacional de Población excluyendo al aborto comométodo deplanificación familiar. De este modo, sí considera a la intervención quirúrgica como método, ya que la LPNP la excluía también.
La Resolución Ministerial 071-96-SA/DM aprueba elPrograma de Salud Reproductiva y Planificación Familiar 1996-2000 con fecha 06 de febrero de 1996. Esta norma define nuevos lineamientos de la política nacional de población.
La Ley General de Salud de 1997, Ley Nº 26842 ha sido publicada el 20 de julio del presente año. La norma afirma en su título preliminar que el concebido es sujeto de derecho en el campo de la salud. La ley no se pronuncia respecto del aborto expresamente; hace muy poca mención a la maternidad. En su artículo 6º, reconoce el derecho de toda persona a elegir libremente el método anticonceptivo de su preferencia.
El Aborto
